Móstoles Desarrollo Promoción Económica, S.A del Ayuntamiento consciente del importante papel que realiza el sector comercial y con el fin de fomentar la actividad económica comercial local contribuyendo por ende la generación de empleo en el municipio de Móstoles convoca ayudas para la inversión en modernización, ampliación y/o reforma de establecimientos comerciales y hosteleros del municipio de Móstoles correspondiente al año 2018 en régimen de concurrencia competitiva y a fondo perdido al sector comercio minorista y de restauración del municipio de Móstoles.
Objeto de las ayudas
Fomentar la modernización, ampliación y reforma de establecimientos comerciales y hosteleros así como en la innovación en sus procesos comerciales para mejorar la gestión, eficiencia y productividad, reforzando su competitividad a través de su adaptación a los cambios del mercado y a las demandas de los/as consumidores/as.
Beneficiarios de las ayudas
Podrán presentar la solicitud a la ayuda aquellos/as empresarios/as individuales, comunidades de bienes o sociedades de responsabilidad limitada que estén constituidas a uno de enero de 2018 y que cumplan los siguientes requisitos especificados en las Bases.
Dotación presupuestaria de la ayuda
La dotación presupuestaria global de estas ayudas será previsiblemente de 20.000 € para el ejercicio 2019.
Importe de la ayuda por persona o entidad mercantil beneficiaria.
El importe de la ayuda por persona o entidad mercantil beneficiaria será del 50 por 100 de los gastos justificados, de conformidad con los gastos sujetos a la ayuda establecidos en la cláusula SÉPTIMA de las presentes Bases.
La cuantía de ayuda mínima a percibir será de 500 € por persona o entidad mercantil beneficiaria, cuantía que correspondería al 50 por 100 de los gastos realizados y justificados por un valor de 1.000€ (I.V.A excluido) en gastos sujetos a la ayuda establecidos en la cláusula SÉPTIMA de las presentes Bases.
La cuantía de ayuda máxima a percibir será de 2.000 € por persona o entidad mercantil beneficiaria, cuantía que correspondería al 50 por 100 de los gastos realizados y justificados por un valor de 4.000€ (I.V.A excluido) en gastos sujetos a la ayuda establecidos en la cláusula SÉPTIMA de las presentes Bases.
Periodo de realización de gastos sujetos a la ayuda
Tendrán la consideración de gastos admisibles los realizados entre el 1 de enero de 2018 y el 5 de noviembre de 2018 en alguno de los conceptos establecidos en la cláusula SÉPTIMA de las presentes Bases.
Gastos sujetos a la ayuda
Tendrán la consideración de gastos admisibles los realizados dentro de alguno de los siguientes conceptos:
-La adquisición, instalación y montaje de equipos informáticos y tecnológico específicos para la gestión empresarial, incluida la inversión en terminales de punto de venta, balanzas electrónicas y similares.
-Gastos derivados de la adquisición de aplicaciones informáticas y del desarrollo del comercio electrónico.
-Los gastos implicados en el desarrollo o mejora de las TIC´s (microsite, APP, web…) como elemento promocional, destinado al fomento del comercio urbano y empresas del municipio, no siendo en ningún caso objeto de ayuda el diseño y/o construcción de dichas plataformas.
-Gastos derivados de la realización de un plan de marketing y comunicación estratégico.
-Gastos derivados de la realización de obras o reformas del local comercial para su modernización, ampliación o acondicionamiento.
-Gastos derivados de la adquisición de equipamiento comercial específico y los bienes muebles especializados necesarios para el ejercicio de la venta, así como para garantizar la seguridad de los establecimientos.
-Gastos derivados de la obtención de una certificación de calidad, de gestión ambiental, de responsabilidad social y/o de riesgos y seguridad.
Criterios de valoración de las ayudas.
La cuantía de las ayudas recogidas en estas bases podrá alcanzar el 100% de aquellos proyectos aprobados, siendo 2.000€ la cuantía límite por solicitud y beneficiario/a.
Las ayudas percibidas serán compatibles con otras ayudas destinadas al mismo proyecto.
Para la selección de los proyectos y determinación de la cuantía de la ayuda, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1.1. Hasta 20 puntos. Que la inversión sea sostenible medioambientalmente.
1.2. Hasta 20 puntos. Que la inversión sea sostenible socialmente.
1.3. Hasta 20 puntos. Que la inversión sea sostenible económicamente.
1.4. Hasta 20 puntos. Que los proveedores de las inversiones realizadas sean comercios y empresas ubicadas y con domicilio fiscal de Móstoles fomentando así el consumo local.
1.5. Hasta 10 puntos. Que la empresa esté dada de alta en el “Directorio de Empresas” gratuito de Móstoles Desarrollo www.mostolesdesarrollo.es.
1.6. Hasta 10 puntos. Que la empresa esté registrada en la Bolsa de Empleo “Móstoles Emplea” de Móstoles Desarrollo www.mostolesemplea.es y haya dado de alta al menos una oferta de empleo.
1.7. Hasta 10 puntos. Que la empresa esté asociada en alguna de las Asociaciones empresariales de Móstoles, Federación de Comerciantes de Móstoles, Móstoles Empresa, Asociación de Mujeres Empresarias de Móstoles EMA, Asociación de empresas de hostelería de Móstoles “La Buena Hostelería” o Asociación de Empresarios de Polígonos Industriales de Móstoles AEPIM.
Sólo recibirán ayuda los proyectos que almacenen una puntuación superior a 60, y como se establece en la cláusula DECIMOTERCERA de las presentes Bases, hasta que se agotasen los fondos.
En caso de empate entre proyectos similares presentados por distintos solicitantes, tras la valoración establecerá qué proyecto se ajusta más a la finalidad y objeto de la ayuda así como por orden de entrada por registro.
Plazo de presentación de solicitudes
Los solicitantes deberán presentar sus propuestas en el plazo de desde el día siguiente a la publicación de las presentes Bases en la página web de Móstoles Desarrollo (www.mostolesdesarrollo.es) y del Ayuntamiento de Móstoles (www.mostoles.es) y en los Tablones de Anuncios de Móstoles Desarrollo y del Ayuntamiento de Móstoles hasta el 5 de Diciembre de 2018. Las solicitudes deberán presentarse en la sede de Móstoles Desarrollo (C/ Pintor Velázquez 68, 28935, Móstoles, Madrid), por registro de entrada de 9 a 14 horas.
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