PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPRENDIMIENTO COLECTIVO: Se trata de un programa de ayudas convocadas por la Unidad de Autónomos, Economía Social y RSE con el objeto de, por un lado, fomentar la creación de nuevas cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción y, por otro lado, apoyar el servicio de asesoramiento que prestan las asociaciones representativas de los autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de centros especiales de empleo de la Comunidad de Madrid. El plazo para solicitar dicha ayuda para la primera línea será de ocho meses a partir de la fecha de constitución de la empresa y se podrán aportar gastos comprendidos entre los tres meses anteriores a la fecha de constitución y los seis posteriores a la misma; para la segunda línea, el plazo será los dos primeros meses del año natural y deberá referirse a actuaciones realizadas en los 12 meses del año inmediatamente anterior (gastos año 2018, presentar en enero y febrero de 2019; gastos del 2017, solicitar en los dos meses siguientes a la entrada en vigor de la ayuda). Los importes de la ayuda en la primera línea podrán alcanzar un máximo de 12.000 euros por entidad de nueva creación, salvo en tres supuestos: nuevas entidades que desarrollen su actividad en municipios de menos de 2.500 habitantes, empresas promovidas por menores de 30 años y negocios que desarrollen su actividad en el sector energético, social, medioambiental, nuevas tecnologías, dependencia o educación. En la primera línea de esta ayuda, se subvencionarán gastos de cotización en Seguridad Social, gastos de notario, registrador e ingenieros técnicos, letrados y asesores para la puesta en marcha, traspaso, transformación en sociedades laborales o cooperativas o empresas de inserción, estudios de viabilidad, tasas sanitarias o urbanísticas, alquiler del local, mantenimiento página web, publicidad y propaganda, seguros, suministros, I+D, protección de datos, riesgos laborales, mantenimiento y reparación del local, implantación normas de calidad, planes de igualdad de género, formación del personal… En la segunda línea se subvencionarán gastos derivados de la contratación de asesores por parte de las asociaciones de autónomos, sociedades laborales cooperativas, empresas de inserción y centros especiales de empleo. Será necesario que se contrate de forma indefinida y a jornada completa al menos dos asesores. La cuantía de la ayuda se elevará al 50% del salario bruto mensual de los mismos siempre que no supere tres veces el SMI Para más información, pueden dirigirse a MÓSTOLES DESARROLLO C/ Pintor Velázquez, 68 Tfno.: 916853090
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