El pasado 20 de Enero de 2018 se publicó en el BOE Nº 18, el Extracto de la Resolución de 15 de enero de 2018, de la Dirección General de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de 30 años, para empresas de cualquier sector que necesiten cubrir puestos de trabajo del Área Digital, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil.
OBJETO
Ayudas dirigidas a la contratación de jóvenes de 17 a 29 años, inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil para cubrir puestos del Área Digital, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil y que cumplan los requisitos del sistema de Garantía Juvenil y no tengan ninguna ocupación laboral.
Requisitos del personal a contratar:
BENEFICIARIOS Y REQUISITOS
Las personas físicas, jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro etc…, con sede y centro de trabajo ubicado en España.
• Excluidas: entidades públicas cualquiera que sea su forma jurídica.
ACTIVIDAD Y PERÍODO SUBVENCIONABLE
Las contrataciones de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Las ayudas forman parte de una actuación integrada con los destinatarios en el marco de un itinerario global que incluye, con carácter previo, una formación impartida por EOI.
Período subvencionable: la duración de los contratos por un período mínimo de 6 meses a jornada completa, o el tiempo equivalente en jornada a tiempo parcial no inferior al 50% de la jornada laboral completa.
IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN Y PAGO
La Fundación EOI aportará hasta el 90% del coste laboral total del contratado que sea subvencionable con un límite de subvención máxima de 5.000 €.
El pago de la subvención: se realiza previa justificación, a la finalización del período subvencionable, por el beneficiario o beneficiaria de la realización de la actividad objeto de la ayuda.
Se podrán conceder hasta un máximo de 128 ayudas.
PLAZOS PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Del 21 de Enero al 19 de Febrero de 2018.
PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se dirigirán a la Fundación EOI, exclusivamente de manera TELEMÁTICA con certificado digital válido y compatible con la sede electrónica de la EOI: cumplimentar formulario electrónico de solicitud y adjuntando los documentos requeridos.
Las comunicaciones y notificaciones serán electrónicas.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Por concurrencia competitiva atendiendo a los criterios establecidos en el artículo 13 de las Bases reguladoras de la Orden ECD/1345/2016, de 3 de agosto (BOE de 05.08.16 y Nº188).
Reparto puntuación: por criterios objetivos (hasta 60 puntos) y a criterios sujetos a juicio de valor perfectamente tasados (hasta 40 puntos).
A efectos de evaluación, que la realiza la Comisión de Selección de subvenciones de la Fundación EOI, solo se tendrá en cuenta la información presentada junto a la solicitud. Si la documentación aportada fuera incompleta o presentara errores subsanables, el Órgano de Instrucción le requerirá para subsanar un plazo de 10 días naturales.
PLAZO DE RESOLUCIÓN
El plazo máximo para resolver será de 6 meses, en caso de vencer el plazo y no haberse notificado resolución se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo.
La resolución se notificará a las personas interesadas por correo electrónico y se hará pública en la página web de la Fundación EOI: http://www.eoi.es
MÁS INFORMACIÓN
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NORMATIVA APLICABLE